sábado 20 de abril de 2024 - Edición Nº4346
Infonoroeste » Provinciales » 19 mar 2015

Aprueban cambios en el valor de la cuota de IOMA para conyugues de los afiliados

Son cambios en la ley orgánica de la obra social fueron aprobados en Diputados y girados al Senado


En una sesión sin sobresaltos y que duró casi media hora, la Cámara de Diputados bonaerense aprobó un proyecto que apunta a modificar el régimen del Instituto Obra Médico Asistencial (IOMA) en relación a los aportes adicionales que deben pagar los afiliados directos cuando incorporan a su cargo a un conyugue.

La iniciativa, impulsada por el Poder Ejecutivo, fue aprobada con el voto de todos los bloques y girado a la Cámara de Senadores para su sanción definitiva.

El proyecto propone modificar el artículo 13 de la ley orgánica del IOMA, que estipula las condiciones para la incorporación a cargo de los afiliados de conyugues o convivientes en aparente matrimonio que, además, estuvieran sujetos a otro régimen asistencial obligatorio.

En concreto, la propuesta apunta a modificar el porcentaje adicional que los afiliados deben pagar para incorporar a sus conyugues. En su redacción original, el artículo 13 establece que ese plus será “equivalente al 10 por ciento del sueldo básico correspondiente a la categoría 23 de la ley 10.430 bajo régimen de 30 horas semanales de labor”.

La iniciativa del Ejecutivo propone modificar la redacción de ese artículo para que el adicional sea equivalente al valor de la cuota de un afiliado voluntario.

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