jueves 18 de abril de 2024 - Edición Nº4344
Infonoroeste » Regionales » 2 dic 2015

Pehuajó: Reforman reglamento del Concejo para disminuir la falta de quórum

Prevé sanciones económicas a los ediles que falten sin la debida licencia del caso y la posibilidad de convocar a los suplentes para garantizar el desarrollo de las sesiones.


Sobre la falta de Quórum en Sesión, el nuevo reglamento indica que "cuando un concejal ejecutara acciones que significaren reticencia en presentarse ala Sesión sin haber pedido la licencia correspondiente, o al tratamiento de un punto del Orden del Día de la misma en particular, y ello provocare falta de quórum para sesionar, el Presidente deberá arbitrar todos los medios necesarios para que se haga presente, conforme a lo establecido en el Art. 70 dela Ley Orgánicade las Municipalidades”.


En ese sentido, En virtud que la dieta que perciben los concejales lo es a modo de contraprestación por el ejercicio de la función electiva, cuya máxima expresión queda representada en la participación en las Sesiones que convoque el Concejo Deliberante, en caso de producirse ausencias descriptas se descontará de la dieta el importe proporcional de las ausencias”.

Dentro del cambio de reglamento se marcó que “de no poder darse cumplimiento a lo establecido en el Artículo precedente, el Presidente deberá convocar al Concejal suplente por su orden sucesivo de la lista respectiva a hacerse presente, hasta conformar el quórum necesario, arbitrando los medios otorgados en el art. 12°”.

Siempre dentro de esta temática en las modificaciones se añadió: “La incorporación de los Concejales suplentes se efectuará teniendo a la vista el escrutinio definitivo con el listado de Concejales titulares y suplentes electos que confeccionala Junta Electoraldela Provinciade Buenos Aires. El Presidente del Honorable Cuerpo, deberá poner a consideración dela Comisiónde Labor Deliberativa la incorporación de Concejales suplentes”. Y también que “…deberán jurar en la primera Sesión Ordinaria del año, salvo que lo hubiesen hecho con anterioridad”.

Entre los puntos marcados se apuntó que “Antes de entrar a Sesión, los Concejales firmarán el libro de asistencia que llevarála Secretaría, siendo obligación de los mismos esperar para que haya quórum hasta media hora después de la establecida parala Sesión. ElConcejal que hubiere firmado y no entrara a Sesión a la hora determinada, será tenido por ausente. Transcurrida media hora más de la tolerancia establecida en el párrafo anterior, si no hubiera número el presidente hará uso de las facultades otorgadas en el art.12”.

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