viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº4345
Infonoroeste » Regionales » 6 sep 2018

Chivilcoy

Britos promulgó con modificaciones la emergencia comercial y laboral

“Es un gran esfuerzo que hace el municipio porque dejará de lado un monto significativo de ingresos, en pos de beneficiar a los pequeños contribuyentes que han bajado sus ventas y no la están pasando tan bien”, explicaron.


La ordenanza fue promulgada por el intendente, pero realizó algunas aclaraciones: “la misma indicaba que el Departamento Ejecutivo debía establecer los requisitos para que los comercios accedan a un descuento del 50% en la Tasa de Seguridad e Higiene; por eso quienes el año pasado hayan facturado hasta $ 252.000 pagarán una tasa de $ 220 mensuales, y quienes facturaron $ 420.000 pagarán $ 360, siempre y cuando estén al día con todas las tasas”. El trámite podrá ser gestionado en la Dirección de Producción.

 

Por su parte, el director de Rentas Oscar Peracca indicó que la totalidad de los comercios ya cuentan con la posibilidad de obtener un descuento en el pago de tasas por pago anual y también de un 10% por ser buenos contribuyentes (tasas al día).

 

“Es un gran esfuerzo que hace el municipio porque dejará de lado un monto significativo de ingresos, en pos de beneficiar a los pequeños contribuyentes que han bajado sus ventas y no la están pasando tan bien”, agregó.

 

Emergencia laboral

 

De acuerdo a lo que publica el diario local La Razón, Contrariamente a la otra emergencia, la laboral sólo fue promulgada en su artículo 1, que declara “emergencia laboral” en el partido de Chivilcoy por 365 días desde su sanción.

 

El artículo 2 autorizaba al Departamento Ejecutivo a realizar gestiones ante ministerios y organismos, "lo cual ya es una facultad propia e inherente del intendente", dijo Britos, en tanto que  el artículo 3 ordenaba la creación de una comisión de seguimiento, "que resultará inútil para solucionar la situación de emergencia laboral", añadió.

 

Por su parte, sobre el artículo 4 que establecía la eximición de pago de tasas municipales a quienes acrediten su condición de desocupado, el intendente dijo que "la medida ya está vigente en la ordenanza fiscal e impositiva".

 

El artículo 5, que suspendía los despidos en la planta permanente y transitoria del municipio, Britos aclaró: "los empleados permanentes nos son despedidos, así lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades, y sobre los temporarios “no es posible tomar una decisión así ya que desconocemos cómo se votará el próximo presupuesto, por ende no sabremos si podremos mantenerlos como empleados, además estarían entrometiéndose en facultades que sólo pertenecen al Departamento Ejecutivo”.

 

Los artículos 6 y 7 se dan de baja automáticamente a partir del veto del artículo 4.

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