jueves 7 de agosto de 2025 - Edición Nº4820
Infonoroeste » Regionales » 5 Aug 2025

ELECCIONES 2025

Controlarán la propaganda electoral en el espacio público en Chivilcoy

Carteles que no cumplan con la normativa serán retirados.


Con la mirada puesta en el desarrollo de la próxima campaña electoral, el Municipio de Chivilcoy recordó que rige la reglamentación sobre el uso del espacio público para propaganda política, establecida por las Ordenanzas Municipales N° 7102 y N° 10799. Ambas normas buscan ordenar la instalación de cartelería, prevenir la contaminación visual, preservar la seguridad de los transeúntes y garantizar la accesibilidad en la vía pública.

Desde el Ejecutivo local informaron que, en cumplimiento de la normativa vigente, se procederá a retirar toda aquella cartelería que no respete las condiciones estipuladas, y se aclaró que los elementos removidos quedarán a disposición de sus propietarios en el corralón municipal.

Prohibiciones expresas

La Ordenanza N° 10799, que complementa y amplía los criterios de la 7102, detalla con claridad una serie de restricciones que deberán ser respetadas por todas las fuerzas políticas que participen del proceso electoral:

  • Está prohibido utilizar columnas de alumbrado público, carteles indicadores de calle y árboles como soporte de propaganda electoral o publicitaria.

  • No se podrá fijar carteles en plazas ni parques, ni pegar afiches en espacios públicos.

  • En el caso de frentes de viviendas, locales comerciales, garajes o ventanas, sólo se podrá colocar cartelería con consentimiento explícito del propietario.

  • Se prohíbe el uso de calcomanías en el mobiliario urbano y la colocación de pasacalles dentro de las dos circunvalaciones de la ciudad cabecera.

  • Lo permitido, bajo condiciones

Durante el período autorizado por el cronograma electoral oficial, las agrupaciones políticas podrán hacer uso del espacio público sólo en los lugares habilitados y respetando las condiciones fijadas por ordenanza:

  • Tamaño máximo de los carteles: 50 cm x 70 cm.

  • Altura mínima de instalación: 1,5 metros.

  • Materiales autorizados: Madera, plástico o PVC. Se aclara que no está permitido el uso de estructuras de hierro.

Conciencia y responsabilidad

Desde el Municipio señalaron que estas disposiciones no tienen un fin restrictivo, sino organizativo y de cuidado urbano. En ese sentido, instaron a las fuerzas políticas a hacer una campaña respetuosa de las normas y del espacio común, y recordaron que el cumplimiento de la legislación vigente es parte del compromiso democrático.

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias